el Candil No. 47
Observatorio de derechos y conflicto urbano del IPC
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LA DESOBEDIENCIA DE URIBE
Por
Rafael Rincón
Analista IPC
5 de abril de 2005
El deber fundamental de todo ciudadano en un Estado Social de Derecho es el de obedecer las leyes. La Constitución Política de Colombia señala como uno de los deberes de todo ciudadano el de respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales (art. 95, num. 3, CP/1991).
Sin embargo, hay ciudadanos que desobedecen las leyes; y, entre ellos, hay quienes las desobedecen convencidos de la injusticia de la ley, lo hacen públicamente, con fundamentos éticos, sin esconderse, lo hacen sin hacer daño y, a veces buscando modificar el orden instituido. Por tener esas características es una desobediencia calificada, es una desobediencia civil, distinta a la común que se hace de manera secreta y busca dañar el orden jurídico y político.
Las comunidades de paz en Colombia rechazan la presencia de los actores armados; e, incluyen en éste rechazo a la Fuerza Pública; y, también, llegan a rechazar la presencia de autoridades civiles.
La no aceptación de la Fuerza Pública genera un caso de desobediencia calificada, es decir, de carácter civil porque es pública, fundada en razones históricas de impunidad y con la convicción del rechazo a las armas y a la guerra.
Este caso de desobediencia debería ser tratado como situación de resistencia civil por la forma no destructiva y pública como se realiza. Y, su tratamiento debería estar rodeado de condiciones especiales para recuperar la legitimidad del Estado de Derecho.
Sin embargo, no ha sido así. Estas disidencias han sido manejadas con intolerancia, con etiquetamientos y con masacres que comprometen a las FARC, a los grupos paramilitares y a la Fuerza Pública.
Pero, por otro lado, existen desobediencias como la que se ha propuesto desde el propio Congreso de la República, en dónde uno de los autores de las Leyes, el senador Mario Uribe Escobar (El Espectador, 27-03-2005), convoca a desconocer el próximo fallo de la Corte Constitucional en caso de que éste sea adverso a la reelección del Presidente Uribe.
El senador Uribe Escobar invita a la ciudadanía a no cumplir con la obligación política de obedecer las leyes en caso de que la decisión sea contraria a sus intereses. Está convocatoria, con fortuna, fue rechazada por las fuerzas políticas y por amplios sectores de la opinión pública nacional.
No obstante, ni el Congreso, ni el Consejo de Estado, ni la Procuraduría han puesto en movimiento sus instrumentos para penalizar o, al menos, disciplinar la conducta transgresora del expresidente del Parlamento quien tiene una obligación especial y una exigibilidad mayor en relación con el respeto a las leyes.
El Presidente Uribe que pide mano militar para la comunidad de San José de Apartadó, debería exigir intervención rápida de los órganos de control frente a quienes le quitan legitimidad al Estado, frente a quienes abusan de su investidura legislativa para desconocer los fallos de la Corte Constitucional. Es claro que no se ve la misma diligencia para recuperar la soberanía del Estado.
¿Por qué hay alternatividad penal, beneficios procesales, indultos y amnistías para la desobediencia que comete crímenes de lesa humanidad, y por qué para la comunidad de paz autora de la desobediencia civil de no a la guerra se le aplica la pena de muerte?
6 de abril de 2005
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