EL CANDIL No. 18
EL PROBLEMA DE DESCONECTAR A LOS USUARIOS
Rafael Rincón
24 de agosto de 2004
A junio 30 de este año el balance de usuarios desconectados por las Empresas Públicas de Medellín era el siguiente: 64.000 sin agua, 67.000 sin energía, 105.000 sin telecomunicaciones y 3.000 sin gas.
El Concejo de Medellín debatió el tema de los desconectados y, además, cuestionó la decisión de la Gerencia del Dr. Juan Felipe Gaviria de suspender los servicios públicos después de la segunda factura en mora. No obstante, EE.PP.M., de manera obstinada, inútil e impopular, mantuvo la decisión de suspensión y corte de servicios.
La semana pasada los usuarios protestaron con una marcha de antorchas manifestando su descontento por la medida tomada.
El llamado Comité Cívico de seguimiento a las EE.PP.M., ideado por la Veeduría al Plan de Desarrollo, mostrando un celo por los intereses privados y no por los intereses de la ciudadanía, admite la decisión de las EE.PP.M.[1].
Veamos porque:
1. El problema, para el CCSEPM, son los usuarios desconectados, son las familias que no pagan las facturas de servicios públicos domiciliarios.
2. La ilegalidad, para el CCSEPM, es no cumplir con el pago en los plazos fijados por la Ley.
3. El CCSEPM muestra su preocupación por el no pago de las facturas; cree que esto se puede convertir en un ejemplo de no pago para el resto de los usuarios y que puede poner en riesgo la vida de la empresa.
Ante esta postura pensamos lo siguiente:
1. La definición del problema: El problema es la desconexión de los servicios públicos domiciliarios a las familias. Es decir, el problema es la vulneración del derecho a los servicios públicos domiciliarios de las personas, que en los estratos 1, 2 y 3 llega a ser un derecho fundamental cuando están vinculados con el derecho a la vida o a la salud.
2. EE.PP.M conecta los servicios públicos domiciliarios en las zonas de alto riesgo no recuperable, sector El Morro de Moravia por ejemplo, con el argumento de que son un derecho fundamental.
Sin embargo, cuando los clientes no pagan los desconectan. Ahí si dejan de ser ciudadanos con derechos fundamentales y pasan a ser clientes que incumplen obligaciones comerciales.
3. El concepto de ilegalidad del CCSEPM está relacionado con el incumplimiento de una obligación comercial. La ilegalidad hay que relacionarla con la suspensión de los derechos a los servicios públicos de las personas de los estratos 1, 2 y 3.
4. Finalmente, una consideración de equidad, una consideración social; si para los estratos 4, 5 y 6 la factura de EE.PP.M representará el 25% de sus ingresos, estos no pagarían las facturas de servicios públicos.
En otras palabras, si al Gerente de EE.PP.M. le llega una factura mensual de $3.500.000 por servicios públicos con seguridad sería uno más de los desconectados.
[1] Comunicación Pública de agosto 6 de 2004 en donde se pronuncia en relación con el problema de los “usuarios desconectados”.

24 de agosto de 2004
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