13 de julio de 2004

EL CANDIL No. 12

SENTENCIAS CONTRA LA FUERZA

Rafael Rincón Patiño
13 de julio de 2004

La Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos determinó, mediante fallo de junio 28 de 2004, que los presos de Guantánamo, considerados “combatientes enemigos”, sí tienen derecho a defenderse y a un debido proceso. De esta manera la Corte rebatió el argumento de la administración Bush que los consideraba enemigos sin derechos dentro de la llamada guerra preventiva al terrorismo.
La Corte Suprema de los Estados Unidos subrayó que “el Presidente no está por encima del derecho”; y remarcó diciendo que “el estado de guerra no es un cheque en blanco para el Presidente”.
El segundo fallo es el de la Corte Suprema de Justicia de Israel. Mediante decisión de junio 30 la Corte Suprema de Israel ordena al Gobierno de Ariel Sharon reorientar 30 Kms. de los 40 que tiene el muro construido por los israelitas para conseguir mayor seguridad sacrificando los derechos de los palestinos.
La Corte israelí considero que el actual trazado viola severamente los derechos de los palestinos porque los separa de sus cultivos de olivo de árboles frutales, de sus lugares de estudio y de sus familias. La Corte evalúo el principio de proporcionalidad entre el objetivo perseguido por el Gobierno de Sharon y consideró que el trazado del muro es ilegal por su desproporcionalidad y porque viola el derecho internacional humanitario al obligar a los palestinos a desplazarse.
El tercer pronunciamiento es la Opinión Consultiva del 9 de julio de 2004 de la Corte Internacional de Justicia de La Haya. En esta decisión la Corte Mundial como se le conoce a instancia de la Asamblea General de la Naciones Unidas considera que Israel está violando obligaciones internacionales y emite una Opinión Consultiva en donde prescribe la demolición total del muro por no ser vital para la seguridad de los israelíes, por ser una amenaza para la paz mundial, y por vulnerar el derecho a la autodeterminación de los pueblos.
Considera la CIJ que el muro viola el art. 87 de la Carta de las Naciones Unidas porque su construcción se constituye en acto de fuerza del Estado Israelí contra la población civil palestina.
Estas tres decisiones judiciales son una esperanza de paz para el mundo, enseñan a quienes usan la violencia que el derecho es un camino para la resolución de los conflictos, que el derecho es un recurso para lograr los objetivos, y que los gobiernos no pueden estar por encima de la Ley. Son una lección para quienes falsifican pruebas para hacer la guerra, o para quienes sacrifican todo un pueblo para lograr la seguridad de otro.

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