el Candil No. 68
OBSERVATORIO DE DERECHOS Y CONFLICTO URBANO
Instituto Popular de Capacitación; Medellín, Colombia
www.ipc.org.co, correo: elcandil@gmail.com
CORRUPCIÓN BLANCA
Por
Rafael Rincón
Analista
La corrupción administrativa y la política son las modalidades de corrupción más comunes y gozan del más alto consenso en su definición. El peculado, el soborno, la celebración indebida de contratos, las inhabilidades, el fraude electoral hacen parte de los códigos penales, de ética y de buen gobierno. Son conductas que ofenden a la administración pública.
Los organismos multilaterales como el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo han promovido desde los años ochenta estudios tendientes a identificar y minimizar estas formas de corrupción y a la formulación de estrategias para su control y eliminación. Se puede decir que existe una política pública frente a ellas, casi todos los países cuentan con un programa anticorrupción con este enfoque. Inclusive la cooperación internacional norteamericana a través de la Agencia Interamericana para el Desarrollo, USAID, y su agencia CASALS apoyan las iniciativas civiles para luchar contra este flagelo desde este enfoque.
Los códigos penales, disciplinarios, de ética han sido generosos en la definición de la corrupción como un problema de la administración pública moderna. Desde este enfoque se busca adelgazar al Estado para reducir los riesgos de corrupción.
La organización mundial Transparencia Internacional, con sede en Berlín, Alemania, ha diseñado un instrumento para medir la corrupción que goza de gran aceptación. Ese instrumento es el “índice de percepción de la corrupción”, conocido con las iniciales IPC. Por medio de encuestas a representantes de sectores productivos se elabora un indicador de percepción que califica a los países de uno a diez, en donde uno es opaco y es la calificación más baja y 10 es transparente y es la calificación más alta.
En esta clasificación Finlandia ocupa el puesto No. 1, con una calificación de 9,7 entre 160 países evaluados en el año 2004; Haití, ocupa el último puesto con una calificación de 1.5; y Colombia ocupa el puesto 60 con una calificación de 3,8.
Al lado de esta corrupción percibida, visibilizada hay otra que no se ve, que no se percibe, otra que se escapa a las definiciones del poder, y que no goza de un ranking que permita realizar una clasificación, que facilite su identificación y haga posible determinar sus causas y consecuencias para formular una política pública. Es una corrupción no percibida, tolerada que es definida como corrupción blanca.[1]
Ella depende mucho de las mediaciones que realizan los grupos de poder y los medios de comunicación quienes le bajan el tono, la minimizan, le reducen el perfil o la ocultan. Es una corrupción agazapada, sin escándalos.
La corrupción blanca más que un delito contra la administración pública es un delito contra la igualdad y contra las libertades. La corrupción blanca vulnera fundamentalmente los derechos económicos, sociales y culturales.
El fraude fiscal, por ejemplo, no está penalizado en Colombia, y su carácter ilícito, a veces se disfraza de elusión para no ser percibida y no recibir siquiera el reproche social. En Finlandia, primer país en transparencia, este comportamiento es considerado una ofensa contra las finanzas públicas y está tipificado como delito y tiene pena privativa de la libertad hasta de cuatro años;[2] en Haití, el país más opaco, la evasión de impuestos está, como en Colombia, despenalizada.[3]
Otras formas de corrupción blanca son las exenciones tributarias que algunos de los gremios consiguen a punta de dádivas, lobby o falsas promesas de generación de empleo; en Medellín el Concejo Municipal acaba de aprobar el proyecto de Acuerdo No. 151 de 2005, mediante el cual se exonera del impuesto de la construcción a quienes desarrollen proyectos de vivienda de interés social hasta 135 salarios mínimos legales mensuales, es decir hasta $52 millones de pesos. ¿Dónde quedó la corresponsabilidad?
Los subsidios a los poderosos son otra modalidad de corrupción blanca. Los 50.000 millones anuales que se le entrega el Fondo Nacional del Ganado, o el subsidio que los exportadores reciben para superar la devaluación del dólar son dineros esquilmados al presupuesto público.
La baja ejecución presupuestal del gasto público es también una modalidad de corrupción blanca. La falta de ejecución presupuestal se disfraza como un hecho de honestidad diciendo que no se están robando la plata, que ella está en los bancos, pero se convierte en un acto de corrupción porque perjudica a la ciudadanía que demanda la inversión social y favorece a la banca quien es la que se gana los réditos financieros.
La corrupción blanca se concreta también en desarrollos legislativos particularistas. Un caso es el de la salud, el desarrollo legislativo en salud ha permitido que su presupuesto se quede en manos de los intermediarios; así de 19 billones de pesos del presupuesto para la salud, sólo 6.5 van directamente a la salud, el resto 12.5 billones se queda en los intermediarios. Sin escrúpulos se cierran los hospitales públicos a fin de cambiar el servicio de la salud por el negocio de la salud.[4]
La corrupción blanca también se ve en las privatizaciones de las empresas de servicios públicos domiciliarios o en la generación de monopolios o duopolios como se está presentando en el sector de las telecomunicaciones en Colombia.
Abusando del poder y de las competencias reguladoras el Presidente Uribe Vélez posibilita una alianza entre TELMEX de México con la empresa estatal TELECOM, en perjuicio de las empresas públicas de Bogotá y Medellín, rompiendo el principio de mantener distancia, e incurriendo en una violación al conflicto de intereses.
El Decreto Presidencial 2926 de agosto 25 de 2005, expedido un día antes del preacuerdo del Presidente Álvaro Uribe con el magnate de las telecomunicaciones Carlos Slim, facilita el ingreso de empresas particulares para la prestación del servicio de telecomunicaciones en la modalidad de larga distancia sin tener que realizar los onerosos pagos que tuvieron sus predecesores.
Los anteriores casos ilustran como más allá de la corrupción administrativa y política, que es la que se identifica y reprueba, existe una corrupción blanca, que se disfraza de actividad lícita y que es tan dañina como la corrupción percibida, denunciada y penalizada.
Medellín, 30 de agosto de 2005
[1] Heidenheimer, Arnold. Perspectives on the perception of corruption, Arnold Heidenheimer, Michael Johnston y Victor Le Vine, (comps), political corruption. A Handbook, pag. 161. Citado por Gabriel Misas y otros en “Un marco analítico para entender la corrupción”. Bogotá, Transparencia por Colombia, 2005. La corrupción blanca es entendida cuando “la mayoría de las élites y la opinión pública considera ciertos actos de corrupción como tolerables y, por lo tanto, no apoyan vigorosamente su criminalización”.
[2] Capitulo XXIX del Código Penal de Finlandia. Se puede consultar en http://www.finlex.fi/pdf/saadkaan/E8890039.PDF
[3] Código Penal de Haití. Se puede consultar en http://www.unifr.ch/derechopenal/ley.htm
[4] Cifuentes Sánchez, Alejo. “Los billones de la salud”. El Mundo, julio 18 de 2005.
Los anteriores casos ilustran como más allá de la corrupción administrativa y política, que es la que se identifica y reprueba, existe una corrupción blanca, que se disfraza de actividad lícita y que es tan dañina como la corrupción percibida, denunciada y penalizada.
Medellín, 30 de agosto de 2005
[1] Heidenheimer, Arnold. Perspectives on the perception of corruption, Arnold Heidenheimer, Michael Johnston y Victor Le Vine, (comps), political corruption. A Handbook, pag. 161. Citado por Gabriel Misas y otros en “Un marco analítico para entender la corrupción”. Bogotá, Transparencia por Colombia, 2005. La corrupción blanca es entendida cuando “la mayoría de las élites y la opinión pública considera ciertos actos de corrupción como tolerables y, por lo tanto, no apoyan vigorosamente su criminalización”.
[2] Capitulo XXIX del Código Penal de Finlandia. Se puede consultar en http://www.finlex.fi/pdf/saadkaan/E8890039.PDF
[3] Código Penal de Haití. Se puede consultar en http://www.unifr.ch/derechopenal/ley.htm
[4] Cifuentes Sánchez, Alejo. “Los billones de la salud”. El Mundo, julio 18 de 2005.
1 comentario:
Ilustra el trabajo de las personerías municipales, que casi siempre nos quedamos disciplinando a los funcionarios de menor rango, dejando sin ningún trámite las conductas que más daño hacen. Jaime.
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