el Candil No. 52
Observatorio de derechos y conflicto urbano del IPC
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PRIVATIZADORES VERGONZANTES
Por
Rafael Rincón
Analista IPC
10 de mayo de 2005
Los servicios públicos domiciliarios eran una competencia estatal en Colombia hasta la expedición de las Leyes 142 y 143 de 1994 que abrieron las puertas a los operadores privados para que prestaran servicios públicos domiciliarios y de telecomunicaciones y obligaron a los operadores públicos a transformarse en Empresas Industriales y Comerciales del Estado o en sociedades por acciones (Oficiales, privadas o mixtas).
En 1996 las Empresas Públicas de Medellín se transformaron de Establecimiento Público a Empresa Industrial y Comercial del Estado ESP.; conservando su naturaleza pública.
La administración municipal del Alcalde Sergio Fajardo Valderrama y del Gerente Juan Felipe Gaviria, anterior autor de la propuesta de 1996, han presentado al Concejo Municipal un estudio para privatizar, una parte de las Empresas Públicas de Medellín.
Se trata de escindir la Unidad Estratégica de Negocios de Telecomunicaciones de la matriz EPM, integrarla con las inversiones existentes en otras empresas y convertirla en una sociedad por acciones.
El problema está en que el Alcalde prometió que no privatizaría a las EEPPM, y nombró un Gerente que ha tenido esta bandera desde 1996 cuando suscribió un estudio que recomendaba la transformación de las EEPPM en tres sociedades por acciones.
A pesar de esconder la palabra privatización en los documentos, la propuesta evidencia la necesidad de transformar, por lo menos a telecomunicaciones, en una sociedad anónima por acciones. Eso es lo que al parecer quieren hacer, pero no quieren decir. Veamos:
Primero, cambiar a EE.PP.M. de Empresa Industrial y Comercial del Estado a Sociedad por acciones, significa entrar al mercado accionario, implica adoptar el régimen de los negocios comerciales y abandonar el régimen público. Eso es privatizar.
Segundo, toda la contratación comercial se regirá por el Código de Comercio. No habrá licitaciones públicas, ni procesos de selección objetiva. Los dineros públicos serán manejados con la discrecionalidad de los particulares. Eso es privatización.
Tercero, el régimen laboral de los trabajadores será el señalado por el Código Sustantivo del Trabajo, y no serán la leyes de los trabajadores oficiales. Todos los empleados serán particulares. No habrá estatuto anticorrupción ni código disciplinario para los trabajadores. La vinculación no se regirá por la normas del sector público, ni habrá carrera administrativa.
Cuarto, los documentos de las EE.PP.M. perderán el carácter público y adquirirán el carácter privado y confidencial, cuya reserva guardarán sus administradores en nombre de la protección de los intereses de los accionistas y de la sociedad. Es decir, será una empresa menos trasparente y más opaca, aunque pague más publicidad. Con fundamento en la reserva comercial cerraran las puertas al control ciudadano, político, fiscal y disciplinario.
Quinto, si las EEPPM se convierten en una sociedad por acciones pierden el carácter de entidades oficiales descentralizadas y de entidades estatales, dejan de ser parte del poder ejecutivo municipal en los términos que señala la Ley 489 de 1998. Es decir, desaparecen las políticas públicas de servicios públicos domiciliarios. Gobernará el mercado.
Sexto, la ciudadanía, a pesar de ser propietaria mayoritaria de las acciones, no tendría derecho a la información empresarial, se la limitarían a la relacionada con el contrato de condiciones uniformes en los términos de los artículos 61, 62 y 63 del Código de Comercio. El ciudadano queda privado de un acceso universal a la información.
Séptimo, los órganos directivos estarán en manos de los accionistas, quienes orientan la empresa bajo conceptos prioritarios de rentabilidad comercial. Allí son más importantes las utilidades de los accionistas que los desconectados o las tarifas.
Octavo, el Alcalde y el Concejo municipal, representantes de la ciudadanía, perderían control administrativo sobre la entidad privatizada. Será la Junta Directiva, elegida por los accionistas, desconectada del dueño, quien regentará la nueve empresa.
Noveno, la participación de los fondos privados de pensiones, involucra capital privado, que no solo significa capitalización, sino control de los particulares de las finanzas públicas.
Finalmente, este debate es exótico para quienes no son pobres. Para quienes tienen ingresos, pues para ellos todo es público, el dinero les da acceso a las mercancías, y les hace parecer que todo será siempre público así esté en manos ajenas. Es comprensible que para las minorías pudientes el debate para defender el carácter público y oponerse a la propuesta solapada de privatización sea grotesco. En ese paradigma las razones del otro son ridículas, gritos, vociferaciones y expresión de la indecencia.
Pero, a los autores de la propuesta les falta valor y mejores razones para decirle a Medellín que, según ellos, los pudientes, los decentes, la mejor opción es la privatización. Son privatizadores vergonzantes.
9 de mayo de 2005
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1 comentario:
simplemente brillante, esto hay que multiplicarlo, difundirlo
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